Por las razones antes expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, desecha la solicitud realizada por el abogado HERNAN STEWEN PARADA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.875.035 y domiciliado en el Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, de reponer la causa al estado de notificar nuevamente el abocamiento de fecha 20 de diciembre de 2020 en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES, PROCEDIMIENTO DE INTIMACIÓN, instaurado en contra de la ciudadana ANA CLOTILDE DE BOHORQUEZ BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.460.871 y domiciliada en el Municipio Junín del Estado Táchira. Continúese la causa en el estado que se encuentra.
Se condena en costas a la parte actora conforme lo establece el artícu.....