PARTE DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada la demanda intenta por el ciudadano Pedro Emilio Becerra Carrascal, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 81.758.381, con domicilio en la Azulita, Municipio Andrés Bello del Estado Mérida, representado por su apoderada judicial el abogado Edi Michel Pico Duque, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 110.753, en contra del ciudadano Giulio Homero Vivas García, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.999.162, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.086, con domicilio procesal en el Municipio San Cristóbal, Estado Táchira por PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN.
SEGUNDO: SE LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMI.....