Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: ADMITE LA QUERELLA , interpuesta por MARIO ELMER VILLAMIL TRUJILLO, colombiano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 81.642.634, comerciante y con domicilio en la Carrera 4 , N° 7-11 y 7-13 de la ciudad de Ureña, Estado Táchira, debidamente asistidos por los Abogados José Elías Duran Toloza y Carlos Augusto Belandria Rodríguez, en su condición de víctima, en contra RICHARD RAFAEL PRATO ALBESIANO Y GIOVANNY ENRIQUE PRATO ALBESIANO, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.634.168 y V-12.972.943, comerciantes y con domicilio en el Edificio Ventur, Carrera 21, entre Calles 11 y 12 de la Ciudad de San Cristóbal del Estado Táchira, en su carácter de Vendedores del bien inmueble objeto de litigio .....