Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Municipio
Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la
Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de
la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud planteada por la
ciudadana GUILLERMINA HERRERA DE MALDONADO, venezolana, portadora
de la cédula de identidad N° V.-9.466.636, asistida del abogado GERARDO ELOY
MALDONADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 125.860, con respecto a la
rectificación del Acta de Defunción N° 989 de fecha dieciséis (16) de septiembre
del año dos mil doce (2012), expedida por el Registro Civil del municipio San
Cristóbal, parroquia La Concordia del estado Táchira, en el sentido que deberá
corregirse el lugar de nacimiento en la sección "B" referente a los datos del
fallecido de la siguiente manera: "Lugar de nacimiento (Ciudad-Estado): Chiscas
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