"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del negocio jurídico celebrado por los ciudadanos JOSE DAVID LAGUADO MONCADA y JOSE RICARDO OMAÑA ZAMBRANO, venezolanos, solteros, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 23.136.566 y V-12.654.515, en su orden respectivo, domiciliados en la Población de Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira, firmado en fecha 06 de noviembre de 2025, pues los solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia, se HOMOLOGA la negociación descrita en el mismo. SE DEJA A SALVO DERECHOS DE TERCEROS. Así se decide, siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), del día de hoy martes once (11) de noviembre de dos mil veinticinco (2025). Publíquese y Registrase. Cúmplase. Años 215º de la Independencia y 166º de la Federación..."