Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley actuando en primera instancia declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Ruptura Prolongada, formulada por los ciudadanos: OMAIRA ANDREINA MÉNDEZ MORENO y MIGUEL ÁNGEL GUEVARA HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 20.518.455 y V- 9.234.899, respectivamente, todo de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente y en consecuencia decide: PRIMERO: Queda disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: OMAIRA ANDREINA MÉNDEZ MORENO y MIGUEL ÁNGEL GUEVARA HERNÁNDEZ, en fecha 11 de julio de 2.007, ante la Prefectura del Municipio Libertador del Estado Táchira. Según acta de matrimonio Nro. 32. Y así se declara.
SEGUNDO: Liquídese la comunidad de bienes, s.....