Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Demanda de Divorcio por Desafecto presentada por el Ciudadano GERICSON CONTRERAS CACCIOPPOLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 19.999.758, domiciliado en la Parroquia Bramon Municipio Junín del Estado Táchira, asistido en este acto por el Abogado RAUL PEREZ CONTRERAS, titular de la cedula de identidad N° V-9.148.756, inscrito en el el Inpreabogado con el N°- 126.365, y de conformidad con la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia sentencia N° 1070 de fecha 09 de diciembre de 2016, que instituyó el desafecto como causal de Divorcio, en concordancia con la sentencia N° 136, de fecha 3.....