PRIMERO: Declara parcialmente con lugar, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Raulison José Reaño Páez, actuando con el carácter de defensor privado de la ciudadana Yasmin Omaira Martínez Ontiveros, de conformidad con lo establecido en los artículos 444, y 449 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Anula, la decisión dictada en fecha 09 de febrero del año 2018, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio, de este Circuito Judicial Penal,
TERCERO: Ordena a los fines de restablecer la situación jurídica infringida, que otro Juez la misma categoría y con la misma competencia de este Circuito Judicial Penal, distinto al que profirió el fallo recurrido, celebre un nuevo juicio oral y público, prescindiendo de los vicios que generan la declaratoria de nulidad de la decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal.