Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA interpuesta por la ciudadana: MAIRA ALEJANDRA SANCHEZ VILLAMIZAR donde los ciudadanos CARLOS ANDRES PADILLA APONTE y YSORA ANDREA BENITEZ OROPEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V- 5.733.507 y V-13.791.776, domiciliados en Guasdualito Municipio José Antonio Páez del Estado Apure, le dan en venta a la ciudadana: MAIRA ALEJANDRA SANCHEZ VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V-17.644.670 domiciliada en Las Vegas de Táriba, Municipio Cárdenas Estado Táchira y civilmente hábil.-
Este tribunal aclara que la presente decisión resol.....