DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
ÚNICO: Inoficioso entrar a resolver el recurso de apelación 1-Aa-SP21-R-2025-000048, interpuesto en fecha doce (12) de noviembre del año 2024 -según sello húmedo de Alguacilazgo-, por los abogados Joman Armando Suárez y Daniel Andrés Camargo Rivera, quienes actúan con el carácter de Fiscal Provisorio y Fiscal Auxiliar Interino encargado de la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, respectivamente, contra la decisión dictada en virtud de de la celebración de la audiencia preliminar de fecha cuatro (04) de febrero del año 2025 y publicada su resolución in extenso, en fecha once (11) del mismo mes y año, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito J.....