POr los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la querella interdictal restitutoria interpuesta por la ciudadana SANDRA MARIET TREJOS RUIZ, a través de su apoderado judicial abogado NELSON ANTONIO RAMÍREZ COLMENARES, contra el ciudadano ISMAEL ANTONIO PRIETO GARCÍA.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal conforme a lo establece los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los once (11) día del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018). Años 207°.....