CAPITULO V
Este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve: --------------------------------------------------
Primero: SE DESESTIMA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano NELSON AUGUSTO CALDERON CUELLAR, por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 323 del Código Penal.--
Segundo: Se le Decreta LA LIBERTAD SIN MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL, al ciudadano CALDERON CUELLAR NELSON AUGUSTO, de nacionalidad colombiana, Natural de Neiva Huilla, República de Colombia, Titular de la Cédula de Ciudadanía N° C.C.-12.118.180, nacido el 15 de noviembre de 1959, de 47 años de edad, de estado civil Soltero, Técnolo agropecuario, con tercer año de secundaria, católico, hijo de Ignacio Calderón (f) y Esmeralda Cuellar (v), con residencia en Nei.....