Visto el convenimiento realizado en fecha 05 de agosto del año en curso, por el ciudadano JULIO ALBERTO ZAMBRANO CHACÓN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.031.688, actuando con el carácter de Presidente de la demandada, Sociedad Mercantil CORPORACION JHURIAL C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 31 de marzo de 2003, bajo el Nº 05, Tomo 4-A, asistido por el abogado en ejercicio SEBASTIAN GUERRERO COTES, titular de la cédula de identidad N° V- 14.180.642, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.925; y aceptado como fue por los abogados CARLOS EMILIO CASTELLANOS CARREÑO y MARJORIE PATRICIA MATTUTAT MUÑOZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.463.588 y V- 15.242.047, en su orden, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 48.291 y 105.378, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judicial de la parte demandante Sociedad Mercantil BA.....