"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del negocio jurídico celebrado por los ciudadanos JESUS SNEYDER SANCHEZ PASTRAN y GIOVANNY RINCON CARDENAS, venezolanos solteros, titulares de las cédulas de identidad N° V-17.887.437 y V-11.974.279, en su orden respectivo, el primero de los nombrados domiciliado en Sector el Jabillo, Municipio Panamericano del Estado Táchira, el segundo en coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira y civilmente hábiles, firmado en fecha 30 de junio de 2025, pues los solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia se HOMOLOGA la negociación descrita en el mismo. SE DEJA A SALVO DERECHOS DE TERCEROS. Así se decide, siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), del día de hoy miércoles nueve (09) de julio de dos mil veinticinco (2025). Se ordena expedir .....