Por todos los argumentos antes expuestos, tanto de hecho como de derecho, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de SERVIDUMBRE DE PASO interpuesta por los ciudadanos MARTHA LUCIA CRISPIN DE MESA, extranjera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. E-84.424.770, CARMEN VICTORIA VARELA CARREÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-12.233.228, GUSTAVO JAVIER DIAZ VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-12.234.343, y NEILA ANYELY MESA ROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-19.134.033, contra los ciudadanos MARCO TULIO RAMIREZ y NIDIA MARIA MONCADA ROSALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.6.....