PRIMERO: Declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN ejercido por la Abogada en ejercicio Olga del Carmen Paz Ramírez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 69.421, en representación de la ciudadana María Alejandra Bezones Arellano, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 24.693.490, en representación de sus hijas, las niñas F.A.S.B y A.F.S.B. (Identidades omitida de conformidad con lo previsto en el artículo 65 parágrafo segundo y 545 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en contra de la decisión de fecha 28 de abril del 2025, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Ordenar REVOCAR el fallo recurrido y el auto de fecha 02 de junio del 2025, proferidos .....