Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanos EDGARDO ARAMIS FERNANDEZ SANCHEZ y ARMANDO JOSE DAZA PARADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V- 8.106.827 y V- 13.351.673 en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidas. Y visto el escrito presentado por la ciudadana IRINA DEL VALLE RUIZ USECHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-20.120.197, abogada en ejercicio inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 199.191, quien actúa en nombre y representación de las ciudadanas JOANNA VIRGINIA DIAMANTI BARATTA, ERIKA ADRIANA DIAMANTI BARATTA y SILVANA EMILIA DIAMANTI BARATTA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Numero V-10.170.127, V-12.632.220 y V-15.856.651 en su orden, según Poder Especial otorgado por ante la Notaria Publica Quinta de San Cristóbal del Estado Táchira, Bajo el Numero: 5, Tomo 26, Foli.....