V
DISPOSITIVO
Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la medida de Amparo Cautelar de suspensión de efectos de la certificación médico ocupacional CMO Nº 0203/2010, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores (DIRESAT) Táchira y Municipios Páez y Muñoz del Estado Apure del Instituto Nacional del Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), en fecha 18 de octubre de 2010.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada de suspensión de efectos del mencionado acto administrativo.
Publíquese, regístrese y bájese oportunamente el expediente al Tribunal de la causa. Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al libro respectivo. Notifíquese a la parte accionante .....