D E C I S I Ó N
Por los anteriores razonamientos, esta Corte de Apelaciones en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Juan Carlos Hernández Delgado, en su condición de defensor del acusado JESÚS ALEJANDRO SOLANO DÍAZ.
SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia publicada en fecha 07 de noviembre de 2008, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual entre otros pronunciamientos, declaró culpable y condenó al referido acusado a cumplir la pena de diez (10) años, seis (06) meses y quince (15) días de prisión, por la comisión de los delitos de asalto a vehículo de transporte colectivo, previsto y sancionado en el artículo 357, tercer aparte del Código Penal; posesión ilícita de sustancias estupefacientes y psicotrópi.....