Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO presentada, y en consecuencia queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MEDINA BRITO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.767.488, y OMAR CONTRERAS CARRILLO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.149.277, debidamente asistidos por el abogado PEDRO ENRIQUE MÉNDEZ LOAIZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 220.551, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 12 de julio del año 1993, ante La prefectura civil parroquia foránea Santa Rita del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, según se desprende d.....