resulta procedente lo peticionado por la parte actora. Y, a tal efecto, SE LEVANTA la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal el día 01/10/2010, sobre el inmueble propiedad de la ciudadana DORIS ESMIT CALDERON HERNANDEZ, con cédula de identidad N° V-9.242.506; consistente en un lote de terreno propio y la casa para habitación sobre el construida, ubicado en la población de Santa Ana, Municipio Córdoba del estado Táchira