PRIMERO: CALIFICA  LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado ALEXANDER PEREZ RAMIREZ,  de nacionalidad colombiana, natural de banco, Magdalena, República de Colombia, con cédula de ciudadanía N° 85.441.088, nacido el 20 de julio de 1975,  de 37 años de edad, hijo de Alberto Hernán Pérez Barrera (f)  y de Edi Ramírez Jamaica (v),  soltero,  de profesión u oficio, operador de maquinaria, residenciado en la Urbanización La Paz, Torre J, Piso 8 Apartamento 6, Antimano, Caracas,  Distrito Capital,  teléfono 0414-1509264 y 0212-5255758,  por la  presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto  y sancionado en  el  artículo 45 de la Ley Orgánica de  Identificación, en perjuicio de la Fe Pública,   por  encontrarse llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. 
SEGUNDO: Se Ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373  del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose l.....