EN CONSECUENCIA, ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, EN LA APREHENSIÓN del ciudadano EDWARD DARLY ARANA MANRIQUE, de nacionalidad venezolana, natural de Ureña, Estado Táchira, nacido el día 13/06/1987, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.717.856, de profesión u oficio soldador, de estado civil soltero, domiciliado en el Barrio Hugo Rafael Chávez Frías, calle 6 N° Q-540, cerca de la cancha Luis Useche Díaz, Ureña, Estado Táchira, en la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Luisa Fernanda Patiño Mejías, por encontrars.....