DECISION
Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
Primero: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Fiscal Vigésima Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
Segundo: Confirma, la dictada en fecha 08 de junio y publicada 09 de junio de 2015, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida cautelar sustitutiva de libertad, a los ciudadanos MARVIN GARCÍA SÁNCHEZ y GUILLERMO ALBERTO PEROZO PINEDA, y a la ciudadana JANIDIS VEGA ANDRADE de conformidad con lo establecido en el artículo 242 numeral 3, 4, 9 y 244 todos del Código Orgánico Procesal Penal.