DECLARA las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a CARMEN GRACIELA AMAYA URDANETA y JUAN BAUTISTA GARCÍA BUENAÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.352.533 y V-5.682.398, en su condición de padres del fallecido JUAN MANUEL GARCÍA AMAYA, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.