TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: DECLARA CULPABLE PENALMENTE Y CONDENA al acusado DANNY LIBARDO VIVAS PÉREZ, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, titular de la cédula de identidad N° 11.507.628, fecha de nacimiento 29-01-1973, de 40 años de edad, estado civil casado, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Paula de Vivas (v) y de José Eliseo Vivas (f), residenciado en Barrancas Parte Baja Calle principal, casa N° 5-16B, San Cristóbal, estado Táchira, teléfono N° 0416-3778870/0276-3434668, por el delito de: HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio del que en vida correspondía al nombre de JEFFER JOSÉ DUQUE, una vez se hace uso de la alternativa prevista en el encabezamiento y primer aparte del artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal,.....