De acuerdo a las consideraciones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE
MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN
CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela
y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO con base a la Sentencia
emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02 de
junio de 2015, signada con el N° 693, expediente N° 12-1163, con carácter vinculante,
en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los
ciudadanos BELLA EGLYS OSORIO MALPICA Y GERARDO EUSEBIO ZAMBRANO,
venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.111.242 y
V-11.492.407, en su orden, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia
la Concordia del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, en fecha once (11) de
febrero del año 1994, tal y como consta en el Acta de Matrimonio.....