En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Dos de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: ORDENA la continuación de la presente causa por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, tal y como lo solicitó la Representante Fiscal toda vez que a su juicio faltan diligencias y resultas de la investigación por practicar, siendo la vindicta pública el órgano rector de la investigación.
SEGUNDO: IMPONE COMO MEDIDA CAUTELAR LA PRIVACIÓN Y/O DETENCIÓN PREVENTIVA contra el joven adulto IDENTIDAD OMITIDA ART. 545 DE LA LOPNNA, ACTUALMENTE RECLUIDO EN EL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS SUB DELEGACIÓN SAN CRISTÓBAL; de conformidad con lo establecido en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñ.....