Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN realizada por el abogado en ejercicio Manuel Augusto Trujillo Archila, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-9.961.785, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.078, actuando con el carácter de Endosatario en Procuración, parte demandante y por la otra parte el abogado en ejercicio Gerardo José Mora Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.565.511, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.766, actuando con el carácter de apoderado judicial de los codemandados. En consecuencia, este Tribunal le otorga su aprobación y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se levanta Medida de Prohibición d.....