En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara RECONOCIDO EL INSTRUMENTO PRIVADO de fecha 7 de enero de 2021, suscrito por la ciudadana CARMEN JUDITH BECERRA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.341.718 y la Sociedad Mercantil UNIDAD QUIRÚRGICA 2.000 C.A., domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, inscrita en el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira el 27 de marzo de 1996, bajo el N° 20, Tomo 3-A, representada por su Directora Administrativa MYRIAM VALENTINA DE LA CONSOLACIÓN DURÁN DE CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.248.737, que riela inserto del folio 3 de la presente solicitud, para preparar la vía ejecutiva. Se acuerda devolver original de.....