Por las razones expuestas este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo previsto en los artículos, 769, 770, 771 y 772 del Código de Procedimiento Civil Vigente, en los artículos 144 y 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil y en los artículos 26, 49 y 251 de nuestro Texto Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana AURA GUISTELA ROMERO PEÑALOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.3.623.506, a través de su Apoderada Especial abogada JENNIFER ROSALY QUINTANA MORA, en consecuencia ordena al Registro Principal del Estado Táchira, así como al Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, insertar la presente sentencia y hacer la debida nota ma.....