DECISIÓN
A la luz de los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Admite el recurso de apelación con efecto suspensivo interpuesto por el Abogado Henry Acero actuando con el carácter de Fiscal Trigésimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Declara sin lugar el recurso de apelación bajo la modalidad de efecto suspensivo incoado por el Abogado Henry Acero actuando con el carácter de Fiscal Trigésimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, contra la decisión dictada al término de la audiencia preliminar celebrada en fecha veinticinco (25) de junio del año 2024, y publicada su resolución bajo el procedimiento especial por admisión de hechos en.....