1. Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARIELA PASCUAS GOMEZ, con el carácter de co-apoderada judicial de la Sociedad Mercantil Expresos Mérida C.A.
2. CONFIRMA la decisión dictada el primero de diciembre de dos mil cuatro, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 3, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la entrega del vehículo marca: VOLVO, tipo: colectivo, año: 1993, color: rojo y multicolor, serial de motor: THD101KC133024490, serial de carrocería: 9BV1MKC10NE312344, placas: AN821X, uso: transporte público.