PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA; en consecuencia, se declara EXTINGUIDO EL PROCESO seguido por la ciudadana MARIA DE LOS ÁNGELES ROJAS SEPÚLVEDA, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula Nº V.-31.434.267, representada por los abogados LEONARDO AUGUSTO MOLINA DÁVILA y JHOAN DANIEL CRUZ CAICEDO, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 296.217 y 312.246, en su orden, en contra de la entidad de trabajo, MOKA´S, C.A., representada por el ciudadano Holman Alberto Quiroga Cañas, identificado con la cédula N° V-15.773.245, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, Y OTROS DERECHOS LABORALES. Así se decide.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de .....