La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS COLOMBIANOS (2.900.000,oo C.O.P) pagaderos de la siguiente manera: Para ALBA MARINA GARCIA JAIMES la suma 1.400.000 c.o.p el dia 11 de junio de 2026 y para INGRID MARIA CONTRERAS DE SANCHEZ , la suma de 1.500.000 c.o.p., pagaderos el día 4 de junio de 2026, ambos pagos en la sede del Tribunal. La parte actora acepta la propuesta formulada y declara que una vez cumplida la obligación contraria no tiene nada mas que reclamar por el objeto del presente juicio. Este Juzgado visto el acuerdo realizado entre las partes lo HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada conforme al articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase copia certificada de la presente acta. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Es todo terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abog. Ana Mercedes Mora Rivas
Parte Demandante .....