Este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el presente Recurso Contencioso Administrativo Nulidad en conjunto con Medida Cautelar.
SEGUNDO: SE ADMITE el presente Recurso Contencioso Administrativo Nulidad interpuesto conjuntamente con Medida Cautelar, en cuanto ha lugar en derecho.
TERCERO: SE DECLARA IMPROCEDENTE la Medida Cautelar solicitada.
CUARTO: Se ORDENA citación al Registrador Público Titular del Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, al Procurador General de la República y notificación al Director General del Servicio Autónomo de Registros y Notarias (SAREN).
Se notifica expresamente al ciudadano Registrador Público Titular del Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, que dentro de los diez (10) días háb.....