PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana Bárbara Benigna Chacón Salcedo en contra del ciudadano Jesús Fernando Meléndez, por cobro de suma liquida de dinero mediante el ejercicio de la acción cambiaria que ejerció con fundamento en la letra de cambio consignada junto con el escrito libelar, la cual quedó desechada del proceso de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 441 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 274 procesal, se condena en costas a la parte demandante.