DECLARA: PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer y decidir la acción de amparo constitucional incoada por la ASOCIACIÓN CIVIL TRANSPORTE DE CARGA LA FORTALEZA, en contra de la ASOCIACIÓN CIVIL VOLTEOS VIRGEN DEL CARMEN (ACIVOLVICAR). SEGUNDO: SE PLANTEA el conflicto negativo de competencia. TERCERO: SE ORDENA remitir el presente expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de resolver el conflicto negativo de competencia planteado.