Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejùsdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de las trabajadoras, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la COSA JUZGADA. se devuelve el acervo probatorio aportado por las partes y no se ordena el archivo el presente expediente hasta tanto conste en autos en el expediente los pagos pautados en esta Acta.- Se ordena expedir dos (02) ejemplares de la presente Acta.
La Juez suplente,
Abg. Linda Flor Vargas Zambrano
La Secretaria Judicial,
Abg. Noiralick Rocío Sánchez Galvis
APODERADO PARTE ACTORA APODERADO PARTE .....