"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del documento privado de Compra venta celebrado por los ciudadanos YEIMER YOHAN RAMIREZ RAMIREZ, SONIA VICTORIA MORENO GIL y NEPTALI RAMIREZ, venezolanos, los dos primeros solteros y ultimo viudo, titulares de las Cédula de Identidad Nos. V-19.778.313, V-10.749.953 y V-2.811.887, en su orden respectivo, domiciliados en San Simón, municipio Simón Rodríguez, estado Táchira, firmado en fecha 16 de Enero de 2025, pues los solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia, se HOMOLOGA la negociación descrita en el mismo. SE DEJA A SALVO DERECHOS DE TERCEROS Así se decide, siendo las nueve horas de la mañana (09:00 am.), del día de hoy viernes veinte (20) de marzo de dos mil veintiséis (2026). Publíquese y Registrase. Cúmplase: Anos 215° de la Independencia y.....