´PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana Gloria Esperanza Ruíz Vásquez, en contra del ciudadano Rafael Ángel Moncada, por fraude procesal. En consecuencia, declara que en el juicio de partición y liquidación de comunidad conyugal, tramitado ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil de esta Circunscripción Judicial en el expediente N° 23.270-22, se configuró un fraude procesal mediante la conducta desplegada por los abogados asistentes Óscar De Jesús Uzcátegui Suárez y Eugenio Granados Muñoz, quienes actuaron de manera dolosa y artera al establecer los términos de la partición amistosa, atribuyéndose en la misma el carácter de apoderados de las partes sin tenerlo acreditado mediante el otorgamiento del respectivo mandato, y facultándose para vender los bienes objeto de la partición, todo con el fin de perjudicar a las partes y sorprender la buena fe del Tribunal que homologó dicha transacción. Por tanto, debe reponerse dicha causa al estado .....