este Juzgador DECRETA LA EJECUCUÓN VOLUNTARIA, de la sentencia definitiva N° 006/2022 de fecha 02/05/2022, específicamente en:
"SEGUNDO: Se ordena que se realice nuevamente los cálculos de prestaciones sociales al querellante conforme a lo previsto en el artículo 142 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadoras, tomando para ello el salario que dispone los artículos 122, 144, ejusdem, devengado por el querellante para el mes de marzo del año 2019.
Una vez que la Contraloría General del estado Táchira haya realizado los cálculos conforme a Ley y determine el cálculo que más favorezca al querellante, deberá descontar los adelantos de prestaciones ya efectuados, como deberá descontarse y tomarse en consideración el pago realizado en fecha 20/01/2020, tal como se demuestra en la prueba denominada "orden de pago" en donde se refleja la cantidad de i) en fecha 21/01/2020 se efectuó pago de liquidación por la cantidad de quinientos dieciocho mil setecientos setenta.....