Por los razonamientos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE, la presente Solicitud interpuesta por la ciudadana ANA VICTORIA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.094.161, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 44.525, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana LAURA MARIA AMAYA DE CUBEROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 6.063.792, según poder especial autenticado ante la Notaria Pública Cuarta de San Cristóbal del Estado Táchira, bajo el N° 36, tomo 46, folio 181 al 185 de fecha 07 de octubre de 2025, por el motivo de INSPECCIÓN JUDICIAL Y NOTIFICACIÓN JUDICIAL.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la pres.....