En mérito de las motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE la demanda de partición y liquidación de la comunidad hereditaria conjuntamente con cobro de suma por concepto de cánones de arrendamiento incoada por los ciudadanos Doris Teresa Sánchez Pérez, Orlando Alfonso Sánchez Pérez, Freddy Alberto Sánchez Pérez, Yelipsa María Sánchez Pérez, Eduardo Alfonso Sánchez Carrillo e Ingrid Gabriela Sánchez Carrillo, representados por el abogado en ejercicio Miguel Ángel Guillén Rojas, en contra del ciudadano Luis Enrique Sánchez Pérez, ya identificados, por incurrir en la inepta acumulación de pretensiones
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la decisión no se hace condenatoria en costas