Las partes convienen que la presente Manutención será aportada de la siguiente forma:
PRIMERO: En cuanto a la mensualidad las partes convienen en que se fija la misma en la cantidad de CIEN DOLARES AMERICANOS (100,00$) o en su equivalente en bolívares a la tasa del banco central de Venezuela al momento de hacerse efectiva la obligación, y en vista que la oferida no posee cuenta bancaria podrá realizarse en dinero efectivo, pago del cual las partes firmaran el correspondiente recibo por duplicado.
SEGUNDO: En cuanto a las cuotas extraordinarias para la época escolar el oferente se compromete a cubrir en su totalidad los uniformes, calzado y útiles escolares, así mismo el padre continuará cubriendo el pago total del colegio; en cuanto a la cuota extra del mes de Diciembre convienen que la madre cubrirá en su totalidad ropa, calzado, regalo y demás que la niña tenga a bien necesita para el 24 de Diciembre, y el padre cubrirá en su totalidad ropa, calzado, regalo y demás que l.....