. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se ordena el archivo del presente expediente visto el cumplimiento de lo aquí acordado
La Juez,
Abg. Neida Teresa Mercado Belandria
La Secretaria,
Abg. Linda Flor Vargas Zambrano
Los Presentes:
Apoderado de la parte actora
Abg. Fanny Dunllin Lima Gámez
Representantes de la parte patronal
Presidente de la accionada
Mauricio Gutiérrez Moreno Jefe de Recursos Humanos
William José Ramírez Alarcón