Este Juzgado Superior se determina que la sentencia en parte transcrita contiene dos obligaciones: La primera constituye una obligación de hacer y la segunda una obligación de dar, dichos mandatos deben ser cumplidos por el La Corporación de Salud del estado Táchira a saber: La obligación de hacer consiste en que restituyan al ciudadano Jesús Alfonso Sánchez Prado, titular de la cédula de identidad número V.- 10.165.173, en el cargo Inspector de Salud Pública IV, o en otro cargo de igual o superior jerarquía, La obligación de dar consiste se ordena el pago de los salarios, remuneraciones dejadas de percibir desde la notificación del acto de destitución (16/01/2020), hasta la fecha de su reincorporación, debiendo pagarse la remuneración dejada de percibir con todas las variaciones y aumentos y demás derechos que hubiese presentado desde la destitución hasta la reincorporación.
Quien suscribe de la revisión exhaustiva de los autos observa que de conformidad con la información sumini.....