En mérito de las motivaciones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: SIN LUGAR LAS CUESTIONES PREVIAS opuestas por el apoderado judicial de la parte demandada abogado Jorge Iván Márquez Ramírez, con fundamento en los ordinales 6°, 10° y 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, la primera concatenada con el ordinal 4° del artículo 340 eiusdem, en la demanda de cobro de bolívares por intimación intentada por el ciudadano Guillermo Asdrubal Roso Morales, asistido por el abogado Ronald Jesús Peñaloza Quiroga en contra de los ciudadanos Ángel Alonso Díaz Moncada y Angeli Mariana Díaz Moncada.
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada de conformidad con lo establecido 274 y 276 del Código de Procedimiento Civil, y co.....