"...En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le im arte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la ley orgánica para la Protección de niño, niña y adolescente.
Expídase copia certificada de la presente SENTENCIA INTERLOCUTORIA, para el archivo del tribunal..."