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| Decisiones del dia 09/07/2025 |
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| N� Expediente :
SP01-L-2025-000065
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N� Sentencia :
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Fecha: 09/07/2025 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos |
Partes: VICTOR RAUL ROLON/CONJUNTO PRIVADO SANTISIMO SALVADOR JUNTA DE CONDOMINIO |
Resumen:
PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente proceso mediante el pago de la suma de dinero que queda a deber al demandante, en la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS EXACTOS DOLARES AMERICANOS, son ( USD. 2.500,00), los cuales serán pagados en dos pagos; el primer pago se realizo el día de hoy mediante transferencia bancaria en la cuenta a nombre del demandante del Banco Sofitasa, signada con el No 01370001080007173401, mediante deposito signado con el No 01912025070910385102228255, por la cantidad de Bs. 169.255,00, equivalentes a 1.500,00 Usd, y el segundo pago se realizará el día viernes 08 de agosto de 2025, por la cantidad de UN MIL DOLARES AMERICANOS , son (UDS.1.000,00).
SEGUNDO: En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedan a deberse, por concepto de la relación laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso.....
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Juez/Ponente:
Luz Haydee Gomez de Reyes
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Organo:
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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| N� Expediente :
10328
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N� Sentencia :
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Fecha: 09/07/2025 |
Procedimiento: Prescripción Adquisitiva |
Partes: CARLOS DARIO MENESES REYES Y FANNY MARIA MENESES REYES |
Resumen:
Sobre la base de lo antes expuesto, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN de fecha 01 de julio del 2025, por ciudadanos ciudadanos CARLOS DARIO MENESES REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V- 12.630.528, asistido por su apoderado judicial JESUS MARIA COLMENARES VALERO, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 20.663, parte actora de la presente causa y la ciudadana FANNY MARIA REYES MENESES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.652.289, asistida por el abogado JHON HUMBERTO ARELLANO COLMENARES, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 89.125, parte demandada de la presente causa.
En consecuencia, PRIMERO: SE ACUERDA HOMOLOGAR LA TRANSACCIÓN, formulada el día 01 de julio de 2025, celebrada entre los ciudadanos CARLOS DAR.....
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Juez/Ponente:
Johanna Quevedo Poveda
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Organo:
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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| N� Expediente :
0552-2025
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N� Sentencia :
04
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Fecha: 09/07/2025 |
Procedimiento: Jurisdicción Voluntaria |
Partes: KELLY MELISSA CÁRDENAS GUERRERO, CARMEN ROSA ÁLVAREZ DE CÁRDENAS Y MIGUEL CÁRDENAS SOTO |
Resumen:
Este Tribunal le otorga pleno valor probatorio, ello de conformidad a lo señalo por los Artículo 1359 y 1360 del Código Civil, en concordancia con el Artículo 429 del Código de Procedimiento Civil. Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, quienes reconocen sus firmas en el Documento de Contrato Privado de Venta Pura, Simple y Perfecta, así como cierto en contenido del mismo, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley a declarar la Legalidad del Documento celebrado entre los ciudadanos: Kelly Melissa Cárdenas Guerrero, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.453.125, Carmen Rosa Álvarez de Cárdenas, titular de la Cédula de Identidad N° V-23.205.370 y Miguel Cárdenas Soto, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.558.069, venezolanos, mayores de edad, soltera la primera y casados los dos últimos, civilmente hábiles.
En consecuencia se HOMOLOGA la negociación del Document.....
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Juez/Ponente:
Thais Khatiuskha Gonzalez Sierralta
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Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda.
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| N� Expediente :
7841
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N� Sentencia :
03
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Fecha: 09/07/2025 |
Procedimiento: Apelacion |
Partes: DEMANDANTE RECONVENIDO: JULIO CÉSAR MEDINA DEMANDADO RECONVINIENTE: JUAN MIGUEL LÓPEZ VILLAMIZAR |
Resumen:
DECISIÓN
En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada reconviniente Juan Miguel López Villamizar, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.438.568.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Julio César Medina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.073.532, domiciliado en Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, contra JUAN MIGUEL LÓPEZ VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.438.568, domiciliado en Rubio, Municipio Junín, bajo la pretensión de resolución de contrato de comodato verbal. En consecuencia, se ordena al demandado reconvinie.....
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Juez/Ponente:
Juan José Molina Camacho
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Organo:
Juzgado Superior Segundo Civil, Mercantil, Transito, Trabajo y Protección del Niño y del Adolescen
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| N� Expediente :
23785
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N� Sentencia :
427
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Fecha: 09/07/2025 |
Procedimiento: Nulidad De Documento |
Partes: INTENTADO POR IVAN ALFREDO CARDENAS CONTRA SIMON ARMANDO BECERRA CARDENA Y MARISELA BECERRA CARDENAS. |
Resumen:
Este Juzgador observa que los documento que se pretende anular por el Procedimiento Ordinario, tal como lo indica el artículo 338 del Código de Procedimiento Civil, datan del año fecha 19 de septiembre 1989 y fecha 15 de diciembre de 2009, quienes tienen fecha de Protocolización hasta la presente de treinta y cuatro (34) años y dieciséis (16) años transcurridos respectivamente, es decir que las fechas cuya nulidad pretende la parte actora, y sometido a la apreciación del Juez, sí y solo sí siempre que ocurra antes del vencimiento del lapso de cinco (05) años previsto en el artículo 1346 del Código Civil, en el caso en comento ya ha transcurrido con creces la limitación establecida en el articulo in comento, por tal circunstancia inequívocamente la presente demanda debe ser; INADMITIDA, en atención al artículo 341 del Código del Procedimiento civil, armónicamente en lo disciplinado de los articulo 1483, y el artículo 1346 ambos del Código Civil, y en consecuencia la presente ac.....
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Juez/Ponente:
Josué Manuel Contreras Zambrano
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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